/ martes 23 de febrero de 2021

Castigarán con prisión a servidores públicos que filtren imágenes sobre crímenes

El dictamen presentado por la Comisión de Administración de Justicia del Congreso local, busca prisión hasta de seis años contra los servidores

A favor de poner en prisión a servidores públicos que difundan imágenes o información de procedimientos penales, se pronunciaron integrantes de todas las fracciones parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México, al aprobar en sesión ordinaria virtual una adición al Código Penal del Distrito Federal.

Se trata de un artículo nuevo, el 293 Quáter en el que se señala: “se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos”.

Resulta que el dictamen, presentado por la Comisión de Administración de Justicia, se construyó con las propuestas de iniciativas presentadas por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y por las diputadas Isabela Rosales Herrera de Morena, la perredista Gabriela Quiroga Anguiano y la panista Ana Patricia Báez Guerrero.

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El presidente de la instancia legislativa que dictaminó, el morenista Eduardo Santillán Pérez, señaló que a fin de sancionar penalmente a la persona servidora pública que de forma indebida difunda información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, relacionado con algún procedimiento penal, se procedió a reformar el Código Penal local.

Con ello, se podría imponer de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización, a quien incurra en dichos actos.

El representante popular destacó la importancia de la reforma que busca proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres.

Abundó que, con lo determinado por el Legislativo, se permitirá que las personas servidoras públicas no filtren imágenes o videos de manera ilegal o se comercialicen.

Dentro del documento avalado se expone que las sanciones previstas aumentarán en una tercera parte, si la información que se difunda es con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.

Quedó asentado que el respeto a la memoria de las víctimas que han sido privadas de la vida, es un tema necesario. La vida de una persona que ha sido violentada o su forma de muerte, nunca debe ser causa para su revictimización o agravar aún más el daño causado, tanto a los que lo sufren como a los familiares y comunidad que les rodea, se detalla en el cuerpo del dictamen.

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A favor de poner en prisión a servidores públicos que difundan imágenes o información de procedimientos penales, se pronunciaron integrantes de todas las fracciones parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México, al aprobar en sesión ordinaria virtual una adición al Código Penal del Distrito Federal.

Se trata de un artículo nuevo, el 293 Quáter en el que se señala: “se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos”.

Resulta que el dictamen, presentado por la Comisión de Administración de Justicia, se construyó con las propuestas de iniciativas presentadas por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y por las diputadas Isabela Rosales Herrera de Morena, la perredista Gabriela Quiroga Anguiano y la panista Ana Patricia Báez Guerrero.

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El presidente de la instancia legislativa que dictaminó, el morenista Eduardo Santillán Pérez, señaló que a fin de sancionar penalmente a la persona servidora pública que de forma indebida difunda información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, relacionado con algún procedimiento penal, se procedió a reformar el Código Penal local.

Con ello, se podría imponer de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización, a quien incurra en dichos actos.

El representante popular destacó la importancia de la reforma que busca proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres.

Abundó que, con lo determinado por el Legislativo, se permitirá que las personas servidoras públicas no filtren imágenes o videos de manera ilegal o se comercialicen.

Dentro del documento avalado se expone que las sanciones previstas aumentarán en una tercera parte, si la información que se difunda es con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.

Quedó asentado que el respeto a la memoria de las víctimas que han sido privadas de la vida, es un tema necesario. La vida de una persona que ha sido violentada o su forma de muerte, nunca debe ser causa para su revictimización o agravar aún más el daño causado, tanto a los que lo sufren como a los familiares y comunidad que les rodea, se detalla en el cuerpo del dictamen.

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