/ viernes 29 de noviembre de 2024

Aprueban en Congreso local observaciones al Código Nacional de Procedimientos civiles

Fueron hechas por el entonces jefe de gobierno

Con modificaciones el Congreso de la Ciudad de México avaló las observaciones realizadas en su momento por el entonces jefe de gobierno de la capital del p país, Martí Batres Guadarrama, a la vez que desestimaron otras, respecto del decreto por el que se reforman diversos ordenamientos jurídicos para su homologación con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

En sesión ordinaria, además se probaron las reservas presentadas por la diputada de Morena Valentina Valia Batres Guadarrama, en torno al segundo resolutivo consistentes en eliminar del dictamen las adiciones de estos artículos 291 A y 291 B del Código Civil para el Distrito Federal, así como la porción normativa que alude al divorcio bilateral del artículo 178 de la Ley del Notariado para la metrópoli.

Resulta que ello, con la finalidad de que la capital preserve su papel como garante de los derechos civiles para que todas las personas tengan acceso a procedimientos justos y supervisados, independientemente de su situación económica.

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Con la representación de las Comisiones de Administración y Procuración de Justicia y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del recinto de Donceles y Allende, el morenista Alberto Martínez Urincho, al fundamentar, refirió que el pasado 4 de julio el pleno del Poder Legislativo emitió la declaratoria de vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF).

Sin embargo, tres meses después, el 4 de octubre, la presidencia de la Mesa Directiva recibió, mediante oficio, las observaciones del decreto emitidas por el entonces jefe de gobierno, indicó.

Así, las observaciones aluden a la falta de armonización en los nombres de diversos ordenamientos jurídicos en cuanto a la reforma política, sin embargo, en el artículo trigésimo cuarto transitorio de la Carta Magna local se establece que todas las referencias que en los ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal, se entenderán hechas a la Ciudad de México.

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Por lo que hace a la modificación al artículo 276 del Código Civil local, respecto al interés superior de la niñez y adolescencia, se adoptó la propuesta, en virtud de que está presente en las normas constitucionales federales y se encuentra en algunas locales.

Mientras que, la observación a los artículos 291 A y 291 B sobre el divorcio bilateral realizado por persona notaria, se decidió desestimar la aparente inconstitucionalidad, sin embargo, se realizó un ejercicio de redacción para mejorar el desempeño e intervención de las personas notarias, para lo cual se reformó el articulo 178 de la Ley del Notariado.

Sobre la sugerencia de modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, se consideró que es necesario proteger los datos personales de la niñez y adolescencia en cualquier diligencia o acción en que estén involucrados.

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Al razonar su voto la legisladora del PVEM Yolanda García Ortega, consideró que los notarios son auxiliares de la administración pública, no autoridades, por lo que el acto jurídico de la institución del matrimonio al nacer en sede administrativa, también debe de concluir ante la autoridad del registro civil.

A su vez el diputado coordinador de la bancada del PVEM, Jesús Sesma Suárez, señaló que votaría a favor del dictamen, pero consideró como equivocado el artículo 276 del Código Civil para el Distrito Federal y anunció que presentaría una serie de iniciativas en la materia, al ser erróneo reincorporar un artículo derogado desde el año 2008 y que dejó de tener vigencia en el sistema jurídico de la Ciudad de México, y propuso crear un artículo 276 Bis.

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En tanto, el legislador del PRD, Pablo Trejo Pérez, respaldó la reserva presentada y subrayó que es para dar certeza jurídica y evitar ampliaciones indebidas de las facultades de los notarios en temas sensibles como el divorcio y la disolución de sociedades conyugales sin afectar otros procesos. “No estamos retrocediendo en términos de simplificación de trámites, sino priorizando un enfoque que respete los derechos de todos los involucrados”.

El congresista Víctor Hugo Lobo Rodríguez, de Morena, expresó su apoyo al instrumento legislativo y a la reserva presentada por la legisladora Batres Guadarrama en el tema del divorcio bilateral pues la Carta Magna federal en su artículo 130 establece que “los actos del Estado civil son competencia exclusiva de las autoridades administrativas”.

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Con modificaciones el Congreso de la Ciudad de México avaló las observaciones realizadas en su momento por el entonces jefe de gobierno de la capital del p país, Martí Batres Guadarrama, a la vez que desestimaron otras, respecto del decreto por el que se reforman diversos ordenamientos jurídicos para su homologación con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

En sesión ordinaria, además se probaron las reservas presentadas por la diputada de Morena Valentina Valia Batres Guadarrama, en torno al segundo resolutivo consistentes en eliminar del dictamen las adiciones de estos artículos 291 A y 291 B del Código Civil para el Distrito Federal, así como la porción normativa que alude al divorcio bilateral del artículo 178 de la Ley del Notariado para la metrópoli.

Resulta que ello, con la finalidad de que la capital preserve su papel como garante de los derechos civiles para que todas las personas tengan acceso a procedimientos justos y supervisados, independientemente de su situación económica.

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Con la representación de las Comisiones de Administración y Procuración de Justicia y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del recinto de Donceles y Allende, el morenista Alberto Martínez Urincho, al fundamentar, refirió que el pasado 4 de julio el pleno del Poder Legislativo emitió la declaratoria de vigencia del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF).

Sin embargo, tres meses después, el 4 de octubre, la presidencia de la Mesa Directiva recibió, mediante oficio, las observaciones del decreto emitidas por el entonces jefe de gobierno, indicó.

Así, las observaciones aluden a la falta de armonización en los nombres de diversos ordenamientos jurídicos en cuanto a la reforma política, sin embargo, en el artículo trigésimo cuarto transitorio de la Carta Magna local se establece que todas las referencias que en los ordenamientos jurídicos se hagan al Distrito Federal, se entenderán hechas a la Ciudad de México.

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Por lo que hace a la modificación al artículo 276 del Código Civil local, respecto al interés superior de la niñez y adolescencia, se adoptó la propuesta, en virtud de que está presente en las normas constitucionales federales y se encuentra en algunas locales.

Mientras que, la observación a los artículos 291 A y 291 B sobre el divorcio bilateral realizado por persona notaria, se decidió desestimar la aparente inconstitucionalidad, sin embargo, se realizó un ejercicio de redacción para mejorar el desempeño e intervención de las personas notarias, para lo cual se reformó el articulo 178 de la Ley del Notariado.

Sobre la sugerencia de modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, se consideró que es necesario proteger los datos personales de la niñez y adolescencia en cualquier diligencia o acción en que estén involucrados.

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A su vez el diputado coordinador de la bancada del PVEM, Jesús Sesma Suárez, señaló que votaría a favor del dictamen, pero consideró como equivocado el artículo 276 del Código Civil para el Distrito Federal y anunció que presentaría una serie de iniciativas en la materia, al ser erróneo reincorporar un artículo derogado desde el año 2008 y que dejó de tener vigencia en el sistema jurídico de la Ciudad de México, y propuso crear un artículo 276 Bis.

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En tanto, el legislador del PRD, Pablo Trejo Pérez, respaldó la reserva presentada y subrayó que es para dar certeza jurídica y evitar ampliaciones indebidas de las facultades de los notarios en temas sensibles como el divorcio y la disolución de sociedades conyugales sin afectar otros procesos. “No estamos retrocediendo en términos de simplificación de trámites, sino priorizando un enfoque que respete los derechos de todos los involucrados”.

El congresista Víctor Hugo Lobo Rodríguez, de Morena, expresó su apoyo al instrumento legislativo y a la reserva presentada por la legisladora Batres Guadarrama en el tema del divorcio bilateral pues la Carta Magna federal en su artículo 130 establece que “los actos del Estado civil son competencia exclusiva de las autoridades administrativas”.

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