/ jueves 14 de abril de 2022

Alerta Ámber y Protocolo Alba: ¿cuándo se aplica cada uno?

Ambos instrumentos tienen como fin la búsqueda y localización de personas desaparecidas en el país

Existen mecanismos a los que recurren las autoridades para tratar de dar con el paradero de alguna persona reportada como desaparecida, estos son la Alerta Ámber y el Protocolo Alba. Pero, cuándo se emplea cada uno y cuál es la diferencia de ambos procedimientos?

El Protocolo Alba está enfocado específicamente para la búsqueda inmediata de niñas y mujeres desaparecidas. Este mecanismo se creó debido a que las primeras horas de la desaparición de la persona en cuestión, son cruciales para su localización.

En México comenzó a operar en 2003, tras la desaparición y muerte en 2001, de tres mujeres chihuahuenses, caso que se conoció como: “Sentencia del campo algodonero”.

FASE 1

El Protocolo Alba se clasifica en dos fases; en la primera, se levanta el reporte de la persona desaparecida ante el Ministerio Público de la Unidad de Investigación para la Localización de Mujeres Desaparecidas, de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas de Delitos por Razones de Género.

El MP recopila los datos de la persona que presenta el reporte y los de la mujer o niña desaparecida; estoy incluyen los de su entorno familiar, social y laboral, para tener una información más precisa, y se menciona el último momento en que fue vista o se mantuvo comunicación con ella.

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También se recolectan muestras de ADN de los familiares, las cuales son proporcionadas a los Servicios Periciales para facilitar la búsqueda.

Luego, el MP envía por correo electrónico el oficio oficial de búsqueda a las distintas corporaciones policiales de los tres niveles: municipal, estatal y federal, para que estén informados de la persona que se busca.

FASE 2

En caso de que el MP evalúe como de alto riesgo el grado de vulnerabilidad en que se pueda encontrar la víctima, dará paso a activar la Fase 2, en la cual, se pide a los Grupos Técnicos del Protocolo Alba, emplear operativos especiales, para buscar a la persona desaparecida.

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Así, los Grupos Técnicos entregarán cada 24 horas un informe detallado de actividades sobre el operativo de búsqueda. Estos se mantendrán hasta que se concluya con el operativo.

ALERTA ÁMBER

Por otra parte, este mecanismo difunde de manera inmediata la desaparición y búsqueda de una niña, niño o adolescente que se encuentre extraviado. Esto, con el fin de que la sociedad en general brinde su colaboración para dar con la persona desaparecida.

La ficha emitida por la Fiscalía General de Justicia del estado en cuestión, se publica en los medios de comunicación, a nivel estatal, nacional y a veces, hasta internacional.

Los factores que se toman en cuenta para emitir una Alerta Ámber son los siguientes:

  1. Que la niña, niño o adolescente extraviado sea menor de 18 años.
  2. Se encuentre en riesgo inminente de padecer algún daño grave o que su vida esté en peligro.
  3. Se cuente con los datos suficientes: nombre, edad, sexo, características físicas, señas particulares, algún padecimiento o discapacidad, vestimenta que llevaba al momento de extraviarse, probable descripción de los hechos, personas o vehículos involucrados en su posible extravío, última vez que fue vista o se tuvo comunicación con ella, o alguna otra información relevante que aporte a su localización.

AUTORIDAD QUE AUTORIZA LA ALERTA

En México, es la Procuraduría General de la República (PGR), a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), quien evalúa el caso y aprueba su activación.

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Sin embargo, también en varias ocasiones se ven involucradas otras instancias como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, La Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, entre otras.

¿DÓNDE PUEDES PEDIR INFORMACIÓN?

El Gobierno federal dispone de la siguiente línea telefónica para que te comuniques y puedan ayudarte. El número es: 01 800 00 854 00, con cobertura nacional las 24 horas del día los 365 días del año.

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Existen mecanismos a los que recurren las autoridades para tratar de dar con el paradero de alguna persona reportada como desaparecida, estos son la Alerta Ámber y el Protocolo Alba. Pero, cuándo se emplea cada uno y cuál es la diferencia de ambos procedimientos?

El Protocolo Alba está enfocado específicamente para la búsqueda inmediata de niñas y mujeres desaparecidas. Este mecanismo se creó debido a que las primeras horas de la desaparición de la persona en cuestión, son cruciales para su localización.

En México comenzó a operar en 2003, tras la desaparición y muerte en 2001, de tres mujeres chihuahuenses, caso que se conoció como: “Sentencia del campo algodonero”.

FASE 1

El Protocolo Alba se clasifica en dos fases; en la primera, se levanta el reporte de la persona desaparecida ante el Ministerio Público de la Unidad de Investigación para la Localización de Mujeres Desaparecidas, de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas de Delitos por Razones de Género.

El MP recopila los datos de la persona que presenta el reporte y los de la mujer o niña desaparecida; estoy incluyen los de su entorno familiar, social y laboral, para tener una información más precisa, y se menciona el último momento en que fue vista o se mantuvo comunicación con ella.

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También se recolectan muestras de ADN de los familiares, las cuales son proporcionadas a los Servicios Periciales para facilitar la búsqueda.

Luego, el MP envía por correo electrónico el oficio oficial de búsqueda a las distintas corporaciones policiales de los tres niveles: municipal, estatal y federal, para que estén informados de la persona que se busca.

FASE 2

En caso de que el MP evalúe como de alto riesgo el grado de vulnerabilidad en que se pueda encontrar la víctima, dará paso a activar la Fase 2, en la cual, se pide a los Grupos Técnicos del Protocolo Alba, emplear operativos especiales, para buscar a la persona desaparecida.

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Así, los Grupos Técnicos entregarán cada 24 horas un informe detallado de actividades sobre el operativo de búsqueda. Estos se mantendrán hasta que se concluya con el operativo.

ALERTA ÁMBER

Por otra parte, este mecanismo difunde de manera inmediata la desaparición y búsqueda de una niña, niño o adolescente que se encuentre extraviado. Esto, con el fin de que la sociedad en general brinde su colaboración para dar con la persona desaparecida.

La ficha emitida por la Fiscalía General de Justicia del estado en cuestión, se publica en los medios de comunicación, a nivel estatal, nacional y a veces, hasta internacional.

Los factores que se toman en cuenta para emitir una Alerta Ámber son los siguientes:

  1. Que la niña, niño o adolescente extraviado sea menor de 18 años.
  2. Se encuentre en riesgo inminente de padecer algún daño grave o que su vida esté en peligro.
  3. Se cuente con los datos suficientes: nombre, edad, sexo, características físicas, señas particulares, algún padecimiento o discapacidad, vestimenta que llevaba al momento de extraviarse, probable descripción de los hechos, personas o vehículos involucrados en su posible extravío, última vez que fue vista o se tuvo comunicación con ella, o alguna otra información relevante que aporte a su localización.

AUTORIDAD QUE AUTORIZA LA ALERTA

En México, es la Procuraduría General de la República (PGR), a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), quien evalúa el caso y aprueba su activación.

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Sin embargo, también en varias ocasiones se ven involucradas otras instancias como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, La Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, entre otras.

¿DÓNDE PUEDES PEDIR INFORMACIÓN?

El Gobierno federal dispone de la siguiente línea telefónica para que te comuniques y puedan ayudarte. El número es: 01 800 00 854 00, con cobertura nacional las 24 horas del día los 365 días del año.

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