/ miércoles 26 de mayo de 2021

Es definitiva la suspensión de la reforma a la Ley de Hidrocarburos

Esta ley permitía al gobierno federal revocar permisos para importar, exportar e incluso vender combustibles

La Secretaría de Energía dio aviso de la suspensión parcial de la reforma a la Ley de Hidrocarburos, que permitía al gobierno federal revocar permisos para importar, exportar e incluso vender combustibles.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) informó que también queda suspendida la posibilidad de que Petróleos Mexicanos (Pemex) y las empresas productivas del Estado puedan llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión de instalaciones, a fin de garantizar los intereses de la nación.

Esta suspensión parcial de la reforma al sector de los hidrocarburos se da luego de que el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, determinara que se podía afectar la libre competencia y concurrencia en el mercado de los hidrocarburos, por lo que determinó mantener las condiciones legales hasta antes de su modificación.

"Durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del artículo 57, así como de los artículos cuarto y sexto transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, publicado el 4 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación", informó la Sener.

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La dependencia a cargo de Rocío Nahle también aclaró que los efectos y consecuencias de la suspensión a dicha reforma se mantendrán "mientras se resuelve el juicio de amparo del que deriva este incidente de suspensión, con el fin de generar certeza sobre la aplicación de dicha normativa."

"Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta", se lee en el DOF, luego que desde el pasado 17 de mayo se otorgaron las primeras suspensiones definitivas contra esta ley.

Esta es la segunda reforma al sector energético que recibe esta medida cautelar por un juez federal, toda vez que el mismo juez Gómez Fierro suspendió la última reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, también llamada Ley Combustóleo, al odifcar el orden de despacho de energía eléctrica y beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

En ambos casos, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) mostró su rechazo y advirtió sobre los posibles efectos al mercado y del poder monopólico qué podrían obtener ambas empresas productivas del Estado.

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La Secretaría de Energía dio aviso de la suspensión parcial de la reforma a la Ley de Hidrocarburos, que permitía al gobierno federal revocar permisos para importar, exportar e incluso vender combustibles.

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Esta suspensión parcial de la reforma al sector de los hidrocarburos se da luego de que el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, determinara que se podía afectar la libre competencia y concurrencia en el mercado de los hidrocarburos, por lo que determinó mantener las condiciones legales hasta antes de su modificación.

"Durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del artículo 57, así como de los artículos cuarto y sexto transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, publicado el 4 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación", informó la Sener.

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La dependencia a cargo de Rocío Nahle también aclaró que los efectos y consecuencias de la suspensión a dicha reforma se mantendrán "mientras se resuelve el juicio de amparo del que deriva este incidente de suspensión, con el fin de generar certeza sobre la aplicación de dicha normativa."

"Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta", se lee en el DOF, luego que desde el pasado 17 de mayo se otorgaron las primeras suspensiones definitivas contra esta ley.

Esta es la segunda reforma al sector energético que recibe esta medida cautelar por un juez federal, toda vez que el mismo juez Gómez Fierro suspendió la última reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, también llamada Ley Combustóleo, al odifcar el orden de despacho de energía eléctrica y beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

En ambos casos, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) mostró su rechazo y advirtió sobre los posibles efectos al mercado y del poder monopólico qué podrían obtener ambas empresas productivas del Estado.

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