/ sábado 21 de diciembre de 2019

Valor del Salario

El patrimonio del trabajador es su energía de trabajo, la lleva consigo al entrar a la empresa. Por eso el Constituyente de 1917 se ocupó en primer término de la jornada máxima de trabajo, el tiempo de trabajo era su primera preocupación.

Dice el Maestro Mario de la Cueva que “Cuando la energía de trabajo se entrega a otro, la salud y la vida hallan su aseguramiento en el derecho del trabajo e irrumpe el salario en una relación dialéctica (Entre el trabajo y el capital), porque es el elemento que además de asegurar la salud y la vida, permite al hombre y a la mujer elevarse hacia una vida auténticamente humana”.

El salario cumple su función cuando satisface con amplitud generosa las necesidades de toda índole del trabajador y su familia. La Constitución de 1857, la hermana mayor de los derechos sociales de la Constitución de Querétaro, tenía en su artículo quinto un párrafo que luego pasó a la Constitución de 1917: “Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa remuneración y sin su pleno consentimiento”.

En la lucha por la justicia social, sin un ingreso remunerador y justo todo se habría perdido. El artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo dice que el salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Y el artículo 84 establece que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Este es el salario integral en nuestra legislación.

Los salarios mínimos son la protección menor que la sociedad concede a millones de hombres y mujeres que conducen una existencia que en muchos aspectos está más cerca de la vida animal que de la humana, pero con esa energía de trabajo se cultivan los campos de los nuevos latifundistas, se construyen las fábricas, las máquinas, los caminos, los automóviles y los aeroplanos de lujo, con esa energía de trabajo se amasan los insultantes tesoros de los nuevos ricos.

Esta es una dolencia muy grande de México. Hay más de seis millones de trabajadores que ni siquiera alcanzan a obtener por su trabajo el salario mínimo. Y muchos millones que no tienen trabajo y por tanto no reciben ningún salario. Entre estos millones están jóvenes hombres y mujeres que tienen la esperanza de un día tener un trabajo. Ya ni siquiera tienen la esperanza de cruzar la frontera hacia el Norte, esa puerta por ahora parece estar clausurada para los trabajadores.

El patrimonio del trabajador es su energía de trabajo, la lleva consigo al entrar a la empresa. Por eso el Constituyente de 1917 se ocupó en primer término de la jornada máxima de trabajo, el tiempo de trabajo era su primera preocupación.

Dice el Maestro Mario de la Cueva que “Cuando la energía de trabajo se entrega a otro, la salud y la vida hallan su aseguramiento en el derecho del trabajo e irrumpe el salario en una relación dialéctica (Entre el trabajo y el capital), porque es el elemento que además de asegurar la salud y la vida, permite al hombre y a la mujer elevarse hacia una vida auténticamente humana”.

El salario cumple su función cuando satisface con amplitud generosa las necesidades de toda índole del trabajador y su familia. La Constitución de 1857, la hermana mayor de los derechos sociales de la Constitución de Querétaro, tenía en su artículo quinto un párrafo que luego pasó a la Constitución de 1917: “Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa remuneración y sin su pleno consentimiento”.

En la lucha por la justicia social, sin un ingreso remunerador y justo todo se habría perdido. El artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo dice que el salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Y el artículo 84 establece que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Este es el salario integral en nuestra legislación.

Los salarios mínimos son la protección menor que la sociedad concede a millones de hombres y mujeres que conducen una existencia que en muchos aspectos está más cerca de la vida animal que de la humana, pero con esa energía de trabajo se cultivan los campos de los nuevos latifundistas, se construyen las fábricas, las máquinas, los caminos, los automóviles y los aeroplanos de lujo, con esa energía de trabajo se amasan los insultantes tesoros de los nuevos ricos.

Esta es una dolencia muy grande de México. Hay más de seis millones de trabajadores que ni siquiera alcanzan a obtener por su trabajo el salario mínimo. Y muchos millones que no tienen trabajo y por tanto no reciben ningún salario. Entre estos millones están jóvenes hombres y mujeres que tienen la esperanza de un día tener un trabajo. Ya ni siquiera tienen la esperanza de cruzar la frontera hacia el Norte, esa puerta por ahora parece estar clausurada para los trabajadores.

ÚLTIMASCOLUMNAS
sábado 30 de octubre de 2021

La Carga de la Prueba

Jose Davalos

sábado 10 de abril de 2021

La Prueba Pericial

Jose Davalos

sábado 27 de marzo de 2021

Las Pruebas Laborales

Jose Davalos

sábado 20 de febrero de 2021

Precio de la Pandemia

Jose Davalos

sábado 26 de diciembre de 2020

La media hora

Jose Davalos

sábado 19 de diciembre de 2020

Procedimiento Protector

Jose Davalos

sábado 24 de octubre de 2020

Doctor Guillermo Soberón

Jose Davalos

Cargar Más