/ viernes 14 de junio de 2019

Revive ante SCJN añejo conflicto por terrenos en el Sureste

ViaLegal

Un añejo, histórico reclamo de Quintana Roo por dos franjas que dividen la península de Yucatán regresará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando hoy se presente una controversia constitucional, firmada por los tres poderes del Estado de Yucatán como respuesta a una iniciativa, unilateral, que aprobó el legislativo del estado de Quintana Roo ajustando los actuales límites entre ese estado, Yucatán y Campeche.

Se trata de una controversia constitucional, figura que se prevé en el artículo 105 de nuestra Carta Magna y cuya resolución queda a cargo de la Corte. Muy probablemente este recurso constitucional se refiera a una invasión de competencias del legislativo estatal de Quintana Roo que habría determinado, en esa iniciativa mencionada, cambiar los linderos territoriales. La parte actora sería Yucatán y la parte demandada Quintana Roo.

De acuerdo con la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional en esta materia, recibida la demanda, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá designar, por turno, a un ministro instructor quien examinará el escrito. Si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano, apunta el artículo 25 de esta ley.

En caso de ser admitida, el Ministro instructor debe emplazar a la parte demandada que tiene 30 días para contestar, de ahí puede darse una ampliación por la parte actora y una nueva contestación de la demandada y con esto empezarían las audiencias para el juicio, donde se desahogarán pruebas, lo que derivará en una sentencia.

Este asunto, que afecta límites de los tres estados, tiene raíces históricas que datan de principios del siglo pasado cuando el gobierno federal definió en 1902 el llamado Punto de Unión Territorial (PUT) desde donde nace el ángulo que marca las fronteras, por un lado entre Yucatán y Campeche y por otro entre Yucatán y Quintana Roo.

De acuerdo con el ensayo “Frontera en conflicto. El diferendo limítrofe entre los estados peninsulares de Quintana Roo y Campeche, México, en el punto de unión territorial”, en 1940 se desconoció esa colindancia y Quintana Roo perdió territorio. De hecho, ese decreto del entonces presidente Lázaro Cárdenas es el que ha servido como punto de partida para el reiterado reclamo del estado de Quintana Roo, aún cuando en el acuerdo de 1902 esta entidad se había quedado con una franja de territorio que pertenecía a Yucatán.

La realidad es que el estado de Quintana Roo no se creó legalmente sino hasta 1974 y el tema ya tiene controversias previas promovidas ante a SCJN, una de ellas presentada en 1997 luego de que Campeche formara el municipio de Calakmul y en el que habría ocupado territorio que Quintana Roo reclama. En 2013 la SCJN determinó que ya no le correspondía pronunciarse por esas controversias de 1997.

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Un añejo, histórico reclamo de Quintana Roo por dos franjas que dividen la península de Yucatán regresará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando hoy se presente una controversia constitucional, firmada por los tres poderes del Estado de Yucatán como respuesta a una iniciativa, unilateral, que aprobó el legislativo del estado de Quintana Roo ajustando los actuales límites entre ese estado, Yucatán y Campeche.

Se trata de una controversia constitucional, figura que se prevé en el artículo 105 de nuestra Carta Magna y cuya resolución queda a cargo de la Corte. Muy probablemente este recurso constitucional se refiera a una invasión de competencias del legislativo estatal de Quintana Roo que habría determinado, en esa iniciativa mencionada, cambiar los linderos territoriales. La parte actora sería Yucatán y la parte demandada Quintana Roo.

De acuerdo con la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional en esta materia, recibida la demanda, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá designar, por turno, a un ministro instructor quien examinará el escrito. Si encontrare motivo manifiesto e indudable de improcedencia, la desechará de plano, apunta el artículo 25 de esta ley.

En caso de ser admitida, el Ministro instructor debe emplazar a la parte demandada que tiene 30 días para contestar, de ahí puede darse una ampliación por la parte actora y una nueva contestación de la demandada y con esto empezarían las audiencias para el juicio, donde se desahogarán pruebas, lo que derivará en una sentencia.

Este asunto, que afecta límites de los tres estados, tiene raíces históricas que datan de principios del siglo pasado cuando el gobierno federal definió en 1902 el llamado Punto de Unión Territorial (PUT) desde donde nace el ángulo que marca las fronteras, por un lado entre Yucatán y Campeche y por otro entre Yucatán y Quintana Roo.

De acuerdo con el ensayo “Frontera en conflicto. El diferendo limítrofe entre los estados peninsulares de Quintana Roo y Campeche, México, en el punto de unión territorial”, en 1940 se desconoció esa colindancia y Quintana Roo perdió territorio. De hecho, ese decreto del entonces presidente Lázaro Cárdenas es el que ha servido como punto de partida para el reiterado reclamo del estado de Quintana Roo, aún cuando en el acuerdo de 1902 esta entidad se había quedado con una franja de territorio que pertenecía a Yucatán.

La realidad es que el estado de Quintana Roo no se creó legalmente sino hasta 1974 y el tema ya tiene controversias previas promovidas ante a SCJN, una de ellas presentada en 1997 luego de que Campeche formara el municipio de Calakmul y en el que habría ocupado territorio que Quintana Roo reclama. En 2013 la SCJN determinó que ya no le correspondía pronunciarse por esas controversias de 1997.

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