/ viernes 12 de julio de 2019

Policías locales, el otro pendiente

Además de la ley de la Guardia Nacional, su reglamento, el acuerdo para su integración y las leyes nacional del uso de la fuerza y nacional de registro de detenciones, algunas impugnadas en varios de sus artículos, también están corriendo algunos plazos para las entidades federativas relacionadas con esta reforma constitucional que se publicó el 26 de marzo pasado para dar paso a la nueva corporación federal de seguridad, es decir, la Guardia Nacional y algunos otros mecanismos como el Registro Nacional de Detenciones.

Según el decreto de reforma constitucional de marzo de 2019, no puede exceder a seis meses, es decir por ahí de finales de septiembre como plazo máximo, cuando los Ejecutivos de las entidades federativas presenten ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) “el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales estatales y municipales” y los presupuestos que esto significaría el próximo año.

Por otro lado está el cumplimiento de la profesionalización y control de confianza sobre criterios uniformes, que justo ahora están causando problemas en los traspasados de los policías federales, ya que es posible que muchos policías estatales no estén certificados, pese a que esta certificación policial debía estar cumplida desde hace años, y para lo cual el gobierno ya ha dado un plazo extra.

Este punto es realmente relevante porque la lógica en este nuevo orden es que la impronta en los integrantes de las policías sea, por un lado, de respeto total a los derechos humanos de las personas y por el otro de intransigencia con el crimen, una empresa mayúscula.

En este tenor, al tratarse de leyes nacionales como son las del uso de la fuerza y el registro de detenciones, incluyendo también a la vigente Ley General del Sistema de Seguridad Pública, también se tiene que fijar la atención sobre las policías estatales.

Según la reforma, los resultados policiales se evaluarán vía un informe a la legislatura local y al Consejo Nacional de Seguridad Pública, incluyendo avances en los objetivos señalados en el año fiscal “y su cumplimiento en un horizonte de seis años”. Lo que no se sabe, aún, es sobre qué bases se harán estas evaluaciones. Al menos suena a que se tendría que fortalecer y vigilar urgentemente lo que se haga en la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública.

En este sentido no sólo es importante la eficacia sino la mayor integridad en el desempeño policial, con menos detenciones arbitrarias o abuso de la fuerza y tortura, para lo cual deberíamos, primero, tener mecanismos de defensa eficaces para los ciudadanos frente a las corporaciones y sobre todo los grupos en situación de vulnerabilidad como niños, niñas, adolescentes y mujeres. Cabe mencionar que, si bien en la ley del uso de la fuerza se expresa que es deber actuar bajo la perspectiva de género, no se menciona en ninguno de estos ordenamientos a las mujeres.

Además de la ley de la Guardia Nacional, su reglamento, el acuerdo para su integración y las leyes nacional del uso de la fuerza y nacional de registro de detenciones, algunas impugnadas en varios de sus artículos, también están corriendo algunos plazos para las entidades federativas relacionadas con esta reforma constitucional que se publicó el 26 de marzo pasado para dar paso a la nueva corporación federal de seguridad, es decir, la Guardia Nacional y algunos otros mecanismos como el Registro Nacional de Detenciones.

Según el decreto de reforma constitucional de marzo de 2019, no puede exceder a seis meses, es decir por ahí de finales de septiembre como plazo máximo, cuando los Ejecutivos de las entidades federativas presenten ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) “el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales estatales y municipales” y los presupuestos que esto significaría el próximo año.

Por otro lado está el cumplimiento de la profesionalización y control de confianza sobre criterios uniformes, que justo ahora están causando problemas en los traspasados de los policías federales, ya que es posible que muchos policías estatales no estén certificados, pese a que esta certificación policial debía estar cumplida desde hace años, y para lo cual el gobierno ya ha dado un plazo extra.

Este punto es realmente relevante porque la lógica en este nuevo orden es que la impronta en los integrantes de las policías sea, por un lado, de respeto total a los derechos humanos de las personas y por el otro de intransigencia con el crimen, una empresa mayúscula.

En este tenor, al tratarse de leyes nacionales como son las del uso de la fuerza y el registro de detenciones, incluyendo también a la vigente Ley General del Sistema de Seguridad Pública, también se tiene que fijar la atención sobre las policías estatales.

Según la reforma, los resultados policiales se evaluarán vía un informe a la legislatura local y al Consejo Nacional de Seguridad Pública, incluyendo avances en los objetivos señalados en el año fiscal “y su cumplimiento en un horizonte de seis años”. Lo que no se sabe, aún, es sobre qué bases se harán estas evaluaciones. Al menos suena a que se tendría que fortalecer y vigilar urgentemente lo que se haga en la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública.

En este sentido no sólo es importante la eficacia sino la mayor integridad en el desempeño policial, con menos detenciones arbitrarias o abuso de la fuerza y tortura, para lo cual deberíamos, primero, tener mecanismos de defensa eficaces para los ciudadanos frente a las corporaciones y sobre todo los grupos en situación de vulnerabilidad como niños, niñas, adolescentes y mujeres. Cabe mencionar que, si bien en la ley del uso de la fuerza se expresa que es deber actuar bajo la perspectiva de género, no se menciona en ninguno de estos ordenamientos a las mujeres.

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