/ viernes 8 de enero de 2021

Jurisprudencia conjunta de las Cortes Interamericana, africana y europea de DDHH

Acaba de lanzarse un informe de jurisprudencia conjunto 2019 de las tres Cortes regionales que velan por los derechos humanos en el mundo: la Corte Interamericana de Derechos Humanos; la Corte Africana de Derechos Humanos y de los pueblos y la Corte Europea de Derechos Humanos.

Estas instancias judiciales independientes tienen base legal, principalmente, en los Convenios o Tratados de cada región: la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y el Convenio Europeo sobre Derechos y Libertades Fundamentales, respectivamente.

Con este anuncio se dio a conocer también un sitio web conjunto en el que se puede acceder a las páginas de las tres Cortes. Ambos recursos, disponibles para todas y todos, son muy buenas noticias para iniciar el año.

No está de más recordar que estos organismos independientes son instancias judiciales de protección de los Derechos Humanos (DDHH) frente a las acciones de los Estados en el marco de los convenios que han sido firmados o de los que forman parte los mismos en su región, y que implican compromisos que deben ser cumplidos.

La Corte Interamericana de DDHH surgió en el marco de la Convención Americana o Pacto de San José. 20 Estados de la región de América Latina y el Caribe, además de México, han ratificado su adhesión al Pacto y por ende reconocen la jurisdicción de la Corte.

La competencia de esta Corte es contenciosa porque resuelve conflictos derivados de probables violaciones a DDHH, desahoga asuntos en audiencias públicas y emite sentencias, pero también vigila el cumplimiento de éstas. Puede, igualmente, dictar medidas en casos de “extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas”.

La Corte no recibe directamente los asuntos sobre posibles violaciones a DDHH, sino que lo hace a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Gran parte (71%) de los ingresos de la Corte Interamericana vienen de la OEA y está formada por siete juezas y jueces que duran en su encargo seis años con posibilidad de reelegirse por otro periodo igual y son propuestos a la OEA por los Estados Miembros. El mexicano Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot forma parte de este grupo de juzgadores.

La labor de la Corte Interamericana ha sido fundamental en el avance en materia de Derechos Humanos en México, particularmente en la protección para las víctimas de violencia sexual, niñas y mujeres y la protección de los ciudadanos frente a las fuerzas del orden. Desde 1981 ha emitido 14 sentencias y dictado 47 medidas provisionales, si bien el Estado Mexicano aún tiene pendientes de cumplimiento.

Acaba de lanzarse un informe de jurisprudencia conjunto 2019 de las tres Cortes regionales que velan por los derechos humanos en el mundo: la Corte Interamericana de Derechos Humanos; la Corte Africana de Derechos Humanos y de los pueblos y la Corte Europea de Derechos Humanos.

Estas instancias judiciales independientes tienen base legal, principalmente, en los Convenios o Tratados de cada región: la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y el Convenio Europeo sobre Derechos y Libertades Fundamentales, respectivamente.

Con este anuncio se dio a conocer también un sitio web conjunto en el que se puede acceder a las páginas de las tres Cortes. Ambos recursos, disponibles para todas y todos, son muy buenas noticias para iniciar el año.

No está de más recordar que estos organismos independientes son instancias judiciales de protección de los Derechos Humanos (DDHH) frente a las acciones de los Estados en el marco de los convenios que han sido firmados o de los que forman parte los mismos en su región, y que implican compromisos que deben ser cumplidos.

La Corte Interamericana de DDHH surgió en el marco de la Convención Americana o Pacto de San José. 20 Estados de la región de América Latina y el Caribe, además de México, han ratificado su adhesión al Pacto y por ende reconocen la jurisdicción de la Corte.

La competencia de esta Corte es contenciosa porque resuelve conflictos derivados de probables violaciones a DDHH, desahoga asuntos en audiencias públicas y emite sentencias, pero también vigila el cumplimiento de éstas. Puede, igualmente, dictar medidas en casos de “extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar daños irreparables a las personas”.

La Corte no recibe directamente los asuntos sobre posibles violaciones a DDHH, sino que lo hace a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Gran parte (71%) de los ingresos de la Corte Interamericana vienen de la OEA y está formada por siete juezas y jueces que duran en su encargo seis años con posibilidad de reelegirse por otro periodo igual y son propuestos a la OEA por los Estados Miembros. El mexicano Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot forma parte de este grupo de juzgadores.

La labor de la Corte Interamericana ha sido fundamental en el avance en materia de Derechos Humanos en México, particularmente en la protección para las víctimas de violencia sexual, niñas y mujeres y la protección de los ciudadanos frente a las fuerzas del orden. Desde 1981 ha emitido 14 sentencias y dictado 47 medidas provisionales, si bien el Estado Mexicano aún tiene pendientes de cumplimiento.

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