/ viernes 3 de abril de 2020

Covid19 ¿Son viables las sanciones penales o administrativas?

No, no parece que una sanción penal o administrativa sea eficaz para lograr que la población colabore con el exhorto de quedarse en casa.

Esto porque las sanciones establecidas en la mayoría de los códigos penales contemplan un carácter doloso.

Es decir la persona debe actuar sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante y de manera dolosa, por cualquier medio directo, ponga en peligro de contagio la salud de otras personas.

Sin embargo, en el contexto de una pandemia como la actual por Covid19 es de muy poca viabilidad. Primero porque, según la información de la propia Organización Mundial de la Salud, hay personas contagiadas que presentan síntomas muy leves (considerados asintomáticos), lo que implica que es posible que no puedan saber que están contagiados, al menos las dos primeras semanas.

Aunado a esto hay reportes periodísticos que informan que no todas las personas que presentan síntomas están siendo sometidas a la prueba para la detección del Covid19. De hecho las cifras oficiales reflejan sólo los resultados de las pruebas realizadas y no necesariamente las personas que realmente presentan la enfermedad.

Incluso, si se considera que los síntomas pueden tardar hasta dos semanas en aparecer (en el caso de las personas sintomáticas), es muy difícil que se pueda aplicar esta acción persecutoria.

Además, para muchas personas que viven de la ganancia diaria de trabajos informales quedarse en casa es prácticamente imposible.

De manera que invocar la posibilidad de llevar a procesos penales a personas bajo este supuesto se restringiría a la idea dogmática de que el castigo previsto en la ley es una forma ejemplar para evitar conductas que agraven la situación del contagio.

Sin embargo, esto tampoco resulta del todo cierto, ya que existen teorías en el derecho penal de que la “amenaza” punitiva no es disuasiva porque las personas eligen cometer una conducta delictiva a sabiendas de que está establecida en la ley como delito y conocen las consecuencias de realizarla.

Por su parte las sanciones en las leyes de salud, que pueden incluir medidas de seguridad sanitaria tales como el aislamiento, la cuarentena, la observación personal y la suspensión de trabajos o servicios, entre otras, con sanciones económicas e incluso arrestos para quien las quebrante, tampoco se ven viables.

Esto porque se requeriría confinar a los arrestados que serían personas contagiadas o bien hacer pagar a personas de bajos ingresos si es el caso de los que por vivir al día no pueden dejar de salir al trabajo.


No, no parece que una sanción penal o administrativa sea eficaz para lograr que la población colabore con el exhorto de quedarse en casa.

Esto porque las sanciones establecidas en la mayoría de los códigos penales contemplan un carácter doloso.

Es decir la persona debe actuar sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante y de manera dolosa, por cualquier medio directo, ponga en peligro de contagio la salud de otras personas.

Sin embargo, en el contexto de una pandemia como la actual por Covid19 es de muy poca viabilidad. Primero porque, según la información de la propia Organización Mundial de la Salud, hay personas contagiadas que presentan síntomas muy leves (considerados asintomáticos), lo que implica que es posible que no puedan saber que están contagiados, al menos las dos primeras semanas.

Aunado a esto hay reportes periodísticos que informan que no todas las personas que presentan síntomas están siendo sometidas a la prueba para la detección del Covid19. De hecho las cifras oficiales reflejan sólo los resultados de las pruebas realizadas y no necesariamente las personas que realmente presentan la enfermedad.

Incluso, si se considera que los síntomas pueden tardar hasta dos semanas en aparecer (en el caso de las personas sintomáticas), es muy difícil que se pueda aplicar esta acción persecutoria.

Además, para muchas personas que viven de la ganancia diaria de trabajos informales quedarse en casa es prácticamente imposible.

De manera que invocar la posibilidad de llevar a procesos penales a personas bajo este supuesto se restringiría a la idea dogmática de que el castigo previsto en la ley es una forma ejemplar para evitar conductas que agraven la situación del contagio.

Sin embargo, esto tampoco resulta del todo cierto, ya que existen teorías en el derecho penal de que la “amenaza” punitiva no es disuasiva porque las personas eligen cometer una conducta delictiva a sabiendas de que está establecida en la ley como delito y conocen las consecuencias de realizarla.

Por su parte las sanciones en las leyes de salud, que pueden incluir medidas de seguridad sanitaria tales como el aislamiento, la cuarentena, la observación personal y la suspensión de trabajos o servicios, entre otras, con sanciones económicas e incluso arrestos para quien las quebrante, tampoco se ven viables.

Esto porque se requeriría confinar a los arrestados que serían personas contagiadas o bien hacer pagar a personas de bajos ingresos si es el caso de los que por vivir al día no pueden dejar de salir al trabajo.


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